lunes, 7 de febrero de 2011

El 31 de Marzo vence la inscripción de
productores agrícolas en el RENSPA

Vencía el 31 de diciembre y se dispuso extender el plazo atendiendo a razones operativas y a una demanda expresa del sector para concluir de regularizar su situación.
El SENASA, atendiendo a razones operativas y a una demanda expresa del sector decidió, por única vez y con carácter de excepción, extender el plazo que vencía el 31 de diciembre, con el objetivo de que los productores continúen realizando los trámites de inscripción y registro, regularizando así su situación frente al organismo sanitario, y sin que esto implique ninguna medida que afecte la comercialización de sus productos por parte del Servicio.
Durante el 2008 se inició la inscripción de los productores de frutas, hortalizas y material de propagación, es decir plantas y/o sus partes para su posterior implantación y/o difusión (con excepción de la semilla botánica). En 2009 se realizó la inscripción de productores de plantas ornamentales, aromáticas, florales, industriales y forestales. Este año y hasta el 31 de marzo de 2011, se completará el abanico de sectores registrados con la inscripción de los productores de oleaginosas, cereales y otras.
El Registro, es un paso necesario para iniciar la trazabilidad de los productos agrícolas; una herramienta clave para identificar el origen de los productos y aplicar acciones preventivas y correctivas en caso de detectarse anomalías que pueden poner en riesgo la sanidad vegetal, la salud animal, el consumo humano y el comercio nacional e internacional.
Para inscribirse en el RENSPA el productor debe concurrir a la oficina del SENASA más próxima al predio productivo con DNI; comprobante de su CUIT; título de propiedad del predio rural o contrato de locación o comodato que acredite su relación productiva con la ubicación del predio; identificación catastral del predio y comprobante de un servicio público o certificado de domicilio, emitido por la policía provincial.