viernes, 24 de febrero de 2017

Circuito de Exportación a la Unión Europea 
Preguntas y respuestas a varias dudas en el sector ganadero 
Se simplificaron normativas a los ganaderos que comercializan a la Unión Europea. Lo estableció el Ministerio de Agroindustria. Este cambio permite el acceso de animales a la U.E. en forma más dinámica, y mejora la operatividad de los productores. 
El circuito UE comprende los animales que nacen, se recrían, se engordan y se envían a faena para exportar su carne a la UE, donde todos los animales se encuentran identificados y los establecimientos registrados en SIGSA. 
Aquí algunas preguntas frecuentes y sus respectivas respuestas para evacuar dudas. 
1.- ¿Quién puede enviar animales a faena de exportación UE? 
Únicamente los establecimientos que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Establecimientos Rurales Proveedores de ganado para faena de exportación UE (Establecimientos Proveedores UE). 
2.- ¿Si ya estoy inscripto como Establecimientos Rurales Proveedores de ganado para faena de exportación UE (Establecimientos Proveedores UE). Me tengo que volver a inscribir
No, no se tiene que volver a inscribir, ni llenar nuevamente la Declaración Jurada de Inscripción. Debe concurrir a la Oficina Local y validar la totalidad de las caravanas aplicadas en la Unidad Productiva Circular n° 22/16 de la Dirección Nacional de Sanidad Animal. Antes del 01/07/2017 debemos tener esa actualización. 
3.- ¿Quién puede proveer bovinos a los Establecimientos Proveedores UE? 
Todos los establecimientos rurales del país, pueden proveer los animales a los Establecimientos Proveedores UE. A no ser que tengan exclusión de movimientos a la UE por problemas de residuos o interdicciones que no permitan ese movimiento 
4.- ¿Si me registro como Establecimientos Proveedores UE, puedo enviar a faena UE? 
Sí, pero debe declarar los números de caravanas de todos los bovinos que tengo con excepción de los que todavía no fueron destetados, y esperar 40 días previo al envió a Faena UE. 
5.- ¿ Si tengo un Ciclo Completo tengo como actividades productivas cría, recría e invernada, puedo ser un Establecimiento Establecimientos Proveedores UE? 
Si puede estar inscripto como (Establecimientos Proveedores UE), por más que no mande la totalidad de los animales a Faena UE o algunos los mande a otro establecimiento 
6.- ¿Cómo identifico los animales propios y que nacen en el establecimiento Establecimientos Proveedores UE? 
Todos los animales se deben caravanear con caravanas oficiales al destete o antes del primer movimiento, lo que ocurra primero. Por más que los envíe a otro establecimiento que no sea (Establecimientos Proveedores UE) o a faena NO UNION EUROPEA. Si nacieron en el campo deben ser caravaneados al destete o al primer movimiento, lo que primero ocurra. 

7.- ¿Si compro animales de un establecimiento de origen que no es (Establecimientos Proveedores UE) tienen que venir con TRI? 
No, esos animales no tienen que traer TRI. Las caravanas deben leerse en el momento que los animales arriban al establecimiento, para luego ser declaradas en SENASA (por autogestión o a través de la Oficina Local con jurisdicción sobre el establecimiento). 
8.- ¿Cómo procedo con los animales que ingresan nuevos al establecimiento (Establecimientos Proveedores UE)? 
a) Al bajarlos en el campo se los debe pasar por la manga, porque si se mezcla con otro lote va a existir la posibilidad de no poder reconocerlos. 
b) Se debe leer la caravana 
c) Anotar los números de caravanas en la Planilla de Declaración Jurada de Ingresos 
d) Declarar por autogestión o en la Oficina Local cada una de las caravanas ingresadas mediante la Planilla de Declaración Jurada de Ingresos.
Si no se hace esto no se podrá cerrar el DT-E (Documento de Tránsito Electrónico) las caravanas se pueden declarar de cualquiera de estas formas: 
a)- Usando únicamente la caravana oficial que trajo el animal del establecimiento de origen, anotando en la Planilla Declaración Jurada de Ingresos y cargando las caravanas en sistema SIGSA con el número completo CUIG más el Número Individual. 
b)- Podrá colocar otra caravana en la oreja izquierda. Esta segunda caravana (botón o tarjeta) se la asociará al CUIG del establecimiento de origen, completando la Planilla Declaración Jurada de Ingresos, cargando las caravanas en sistema SIGSA. (Nunca debe sacarse la caravana oficial proveniente del establecimiento donde se originó el animal) 
9.- ¿Cómo se declaran las caravanas en SIGSA? 
El productor puede declararlas por autogestión o en la Oficina Local de SENASA. 
10.- Los nuevos productores inscriptos para UE, ¿Pueden remitir animales a Faena UE de forma inmediata? 
No. En primer lugar el nuevo productor UE debe proceder a declarar la totalidad de las caravanas aplicadas a los animales existentes en el predio, llevando a la Oficina Local de SENASA el listado en formato electrónico. A partir de ese momento los animales deberán cumplir con la cuarentena obligatoria exigida por la Unión Europea. Una vez transcurridos los 40 días, podrán remitir animales a Faena UE. 
11.- ¿Hay caravanas electrónicas (con tecnología RFID) oficiales? 
No. Por el momento no están oficialmente disponibles. 
12.- ¿Los animales que ya cuenten con caravanas electrónicas podrán ser utilizadas oficialmente? 
No. La aceptación del uso oficial de la caravana electrónica será informada a su tiempo. No obstante los productores podrán seguir usándolas en su establecimiento como caravana de manejo 
13.- ¿Qué movimientos de animales requieren Tarjeta de Registro Individual (TRI)? 
Solamente los animales que salen de los establecimientos Establecimientos Proveedores UE están obligados a realizar TRI para todos sus movimientos de salida. 
14.- ¿Si no le agrego una caravana botón/tarjeta al ingreso al Establecimientos Proveedores UE, y pierde la caravana botón y la caravana tarjeta de origen, puedo enviar el animal a faena UE? 
No, dichos animales NO serán aptos para ser remitidos a la Unión Europea debido a que no es posible realizar el rastreo adecuado de los mismos. No obstante, para salir del establecimiento, se recaravanea y se indica en la planilla de Declaración Jurada de colocación de Caravanas que es una reidentificación y se declara como excluida UE. 
15.- ¿Si le agrego la segunda caravana botón/tarjeta al ingreso al Establecimientos Proveedores UE, y pierde las caravanas de origen, puedo enviar el animal a faena UE? 
Sí, siempre que se encuentre registrada la asociación de la nueva caravana botón/tarjeta con el CUIG de origen en la Planilla de Ingreso de Bovinos. 
16.- ¿Si mando una tropa desde un Establecimiento Establecimientos Proveedores UE a Faena UE con que documentos la tengo que mandar? 
Los animales deben movilizarse amparados por la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI), Declaración Jurada Despacho de Tropas a Faena para Exportación a la UE y el correspondiente Documento de Tránsito Electrónico (DT-e).