jueves, 15 de septiembre de 2016

Actualizan el monto no sujeto a retención de Ganancias 
Es de 100 mil pesos para el caso de la compraventa de granos La resolución fue publicada en el Boletín Oficial. No se actualizaba desde 2006. 
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el monto no sujeto a retención del impuesto a las Ganancias para las operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra y legumbres secas, que no se actualizaba desde 2006. 
Mediante la resolución general 3939, publicada hoy en el Boletín Oficial, se aumentó de $12.000 a $100.000 el monto no sujeto a retención para las operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-, respecto de aquellos sujetos pasibles de la retención del impuesto a las Ganancias que se encuentren incluidos en el "Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas". 
Para las comisiones u otras retribuciones derivadas de la actividad, el monto se incrementó de $5.000 a $7.500. "Razones de administración tributaria aconsejan modificar los importes previstos en la misma a efectos que éstos mantengan el carácter de parámetro objetivo representativo de los distintos conceptos sujetos a retención", argumentó AFIP. (NAP)