lunes, 22 de junio de 2009

Compensan la venta de terneros
Desde el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos informaron que se encuentra en vigencia la compensación por venta de terneros para productores ganaderos cuyos rodeos no superen las 600 vacas, según la vacunación de fiebre aftosa - 2º campaña/2008.
Por medio de este beneficio, quienes hayan realizado alguna operación de venta de terneros entre el 1º de enero y el 30 de junio del 2009, recibirán:
* $60 c/u - hasta 100 terneros
* $30 c/u - de 101 a 200 terneros
* $20 c/u - de 201 a 300 terneros
Las personas físicas deben presentar la siguiente documentación: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, constancia de CUIT actualizada y de las actas de vacunación contra la fiebre aftosa correspondiente a la segunda campaña del año 2008. Sumar a todo esto la Constancia de CBU original emitida por el banco (sellada y firmada), con los datos del titular que deben coincidir con el solicitante del beneficio.
Con respecto a la operación de venta, deben adjuntarse la fotocopia de las facturas de ventas. En caso de tener factura A o B debe figurar su N° de CAI y fecha de vencimiento; la fotocopia de los Documentos de Tránsito Animal (DTA) declarados en la solicitud. En su defecto, podrá remitir fotocopias del talón de constancia o un certificado original emitido y firmado por el SENASA, donde aclare: el número de DTA, cantidad y tipo de cabezas y la fecha. Para las personas jurídicas los requisitos se modifican de acuerdo al tipo.