CRA rechazó el acuerdo lacteo
Un rechazo categórico concretó este domingo la cúpula dirigente de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) al artículo cuarto del reciente acuerdo firmado por algunas entidades tamberas y el Gobierno nacional hace menos de quince días y lo calificó como "discriminatorio".
La entidad confederada consideró que el artículo 4° de la Resolución 393/09 acuerdo lechero firmado por la Cámara de las Industria Lechera (CIL), varias entidades de productores lecheros y el Gobierno nacional a través del Ministerio de la Producción y la Secretaría de Agricultura (SAGPyA) introduce una categorización y condicionamientos, que no figuraban en su antecesora Resolución 169/09.
Discrimina a los productores tamberos que no pertenecen, según la resolución, “a las “entidades firmantes del Acta Acuerdo del 02/06/09”, refiriéndose a ellos como “los restantes productores tamberos”, a los que les permite “adherirse”, de modo que no acceden al subsidio automáticamente sino que les otorga un “plazo” de 30 días “corridos” a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
Desde CRA no se descartara hacer una presentación al Instituto Nacional Contra La Discriminación la Xenofobia y El Racismo (INADI), en tal sentido.
La Corte Suprema Nacional en su tradicional doctrina sobre “inconstitucionalidad por violación del principio de igualdad”, ha sostenido que una norma no puede establecer “desigualdades entre iguales” sin violar la Constitución, indicó CRA. (NAP)
Un rechazo categórico concretó este domingo la cúpula dirigente de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) al artículo cuarto del reciente acuerdo firmado por algunas entidades tamberas y el Gobierno nacional hace menos de quince días y lo calificó como "discriminatorio".
La entidad confederada consideró que el artículo 4° de la Resolución 393/09 acuerdo lechero firmado por la Cámara de las Industria Lechera (CIL), varias entidades de productores lecheros y el Gobierno nacional a través del Ministerio de la Producción y la Secretaría de Agricultura (SAGPyA) introduce una categorización y condicionamientos, que no figuraban en su antecesora Resolución 169/09.
Discrimina a los productores tamberos que no pertenecen, según la resolución, “a las “entidades firmantes del Acta Acuerdo del 02/06/09”, refiriéndose a ellos como “los restantes productores tamberos”, a los que les permite “adherirse”, de modo que no acceden al subsidio automáticamente sino que les otorga un “plazo” de 30 días “corridos” a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
Desde CRA no se descartara hacer una presentación al Instituto Nacional Contra La Discriminación la Xenofobia y El Racismo (INADI), en tal sentido.
La Corte Suprema Nacional en su tradicional doctrina sobre “inconstitucionalidad por violación del principio de igualdad”, ha sostenido que una norma no puede establecer “desigualdades entre iguales” sin violar la Constitución, indicó CRA. (NAP)